El uso de la fuerza en establecimientos penitenciarios debe estar estrictamente regulado y sólo puede justificarse en las siguientes situaciones:
• La legítima defensa: situaciones en las que una o un miembro del personal de la prisión, otra persona detenida o cualquier otra persona dentro del establecimiento esté en peligro de violencia física.
• Intento de fuga: en este caso, la fuerza sólo puede utilizarse si el intento de fuga está en curso, o a punto de ser llevada a cabo. Un hipotético riesgo de evasión no puede justificar el uso de la fuerza.
• La negativa a cumplir con una orden legítima: esta negativa puede manifestarse de forma activa, es decir, a través de actos de violencia física o verbal hacia el personal de la prisión. La negativa también se puede producir de forma pasiva, como la negativa de las personas detenidas a salir o regresar a su celda.
El uso de la fuerza incluye diferentes métodos y técnicas, desde la restricción física a la utilización de armas letales y no letales. El tipo de fuerza utilizada, por tanto, debe depender de la situación; del personal de la prisión, así como de otras personas responsables del mantenimiento del orden, que deben estar capacitadas para adaptar el tipo de fuerza utilizada caso por caso. Hay tres métodos principales para el uso de la fuerza:
1. La acción física de restringir a una persona, a veces por varias personas, con el fin de inmovilizarla: las técnicas de inmovilización deben estar debidamente autorizadas y no poner en peligro físicamente a las personas detenidas. A pesar de que este método es el que menos probabilidad tiene de poner en peligro la vida de alguien, sólo debe utilizarse por las causas y situaciones mencionadas anteriormente (la legítima defensa, para evitar una fuga; por la negativa a cumplir una orden legítima; y en todos los casos, siempre como último recurso).
2. El uso de armas no letales, tales como porras, armas de munición no letal (pelotas de goma) o armas de descarga eléctrica: estas armas sólo pueden utilizarse cuando otros métodos hayan fallado y si la persona está mostrando un comportamiento violento con probabilidad de causar lesiones graves o la muerte a una tercera persona. La negativa a cumplir con una orden nunca puede justificar la utilización de un arma, sea letal o no.
3. El uso de armas letales, tales como pistolas o rifles. El recurso a las armas letales debe estar todavía más estrictamente regulado que todos los otros métodos: su uso debe estar prohibido dentro de la prisión, excepto cuando se considere totalmente inevitable para proteger la vida de alguien. Este tipo de armas debe limitarse a la vigilancia del perímetro exterior y el personal sólo puede hacer uso de ellas cuando existan riesgos de lesiones graves o de muerte, o cuando una fuga de naturaleza violenta esté en curso y ningún otro medio pueda ser utilizado.
Los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad aportan un marco para todos los aspectos del uso de la fuerza, incluyendo métodos, intensidad y duración.