Capacitación del personal penitenciario

Elementos clave

La capacitación es importante para que el personal penitenciario esté dotado de los conocimientos, habilidades y actitudes necesarios para desempeñar sus funciones con respeto a los derechos y a la dignidad de las personas detenidas. El trabajo penitenciario es complejo y requiere una variedad de habilidades. Muchas de las personas contratadas no tendrán ningún conocimiento del trabajo en prisión de antemano. Por lo tanto, la formación debe ser parte del desarrollo y el mantenimiento de una mano de obra cualificada, motivada y comprometida.

Los programas de capacitación del personal penitenciario deben incluir formación inicial sobre nombramientos y oportunidades regulares para su desarrollo a lo largo de su carrera profesional. Deben basarse en una comprensión clara del propósito del trabajo en prisión y de los principios de derechos humanos que lo sustentan.

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Análisis

Formación inicial

La formación inicial del nuevo personal penitenciario debe ser obligatoria para prepararles para su rol. Estos programas de capacitación deben basarse en una comprensión clara del propósito del trabajo en prisión. Deberían ser lo más participativos posible e incluir capacitación teórica y práctica, así como evaluación. No existen normas sobre la duración adecuada de los programas de formación inicial. Sin embargo, deben ser suficientes para proporcionar al personal una comprensión de los principios de lo que su función implica y de los conocimientos operativos y técnicos y habilidades para llevar a cabo su trabajo.

Contenido de la formación inicial

Los programas de capacitación inicial deben incluir:

1. Comprensión del papel de la prisión en la sociedad y las cárceles como lugares muy concretos, como instituciones cerradas con características muy específicas.
2. Los principios que sustentan el trabajo penitenciario: la dignidad y la humanidad de todas las personas en prisión, así como las normas de derechos humanos y los principios de igualdad y no discriminación.
3. Las competencias técnicas necesarias para el trabajo penitenciario (por ejemplo, la tecnología de seguridad, el control de las personas detenidas, la supervisión, el mantenimiento de registros y la presentación de informes, el uso de la fuerza, las restricciones físicas y las búsquedas, etc.) y su aplicación en línea con los principios enunciados arriba.
4. Habilidades de comunicación interpersonal, incluyendo cómo construir relaciones positivas con los y las privadas de libertad, reducir las tensiones y contener las situaciones sin usar la fuerza (también conocida como seguridad dinámica).

Desarrollo profesional adicional

Deberán proporcionarse nuevas oportunidades de desarrollo profesional al personal penitenciario en intervalos regulares a lo largo de su carrera, para asegurar que conserven el conocimiento y la capacidad y que estén al tanto de los últimos conceptos y técnicas relevantes para su papel. Esto también es importante para mantener la motivación y conservar al personal. Tales oportunidades pueden incluir: capacitación interna, capacitación en centros especializados con personal de otras prisiones/sectores gubernamentales, cualificaciones nacionales, oportunidades de capacitación en campos relacionados (trabajo social, etc.). No debe haber discriminación en relación con las oportunidades de desarrollo profesional. El personal penitenciario femenino y aquellas personas pertenecientes a grupos minoritarios deben tener el mismo acceso a la formación continua que el resto del personal. 

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Personas con discapacidades
Minorías y pueblos indígenas
Niños y niñas
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Capacitación del personal penitenciario que trabaja con personas detenidas en situación de vulnerabilidad

El personal penitenciario debe recibir formación sobre igualdad y diversidad, es decir, sobre cómo respetar los derechos y satisfacer las necesidades específicas de las personas en situación de vulnerabilidad y poseer las habilidades necesarias para trabajar con ellas.

Minorías y pueblos indígenas

Todo el personal penitenciario debe recibir formación en diversidad cultural. Esto ayuda a sensibilizar acerca de las diferentes percepciones y experiencias de los grupos pertenecientes a pueblos indígenas y minorías étnicas en prisión. Esta formación debe capacitar al personal para evitar el uso de estereotipos, estigmas o presuposiciones. Debe incluir información práctica sobre otras culturas y prácticas religiosas, incluyendo diferentes comportamientos y actitudes hacia la vida penitenciaria, la delincuencia y la vida en general, para ayudar al personal a desarrollar el comportamiento y el lenguaje apropiados.

Personas con discapacidades

La capacitación debería incluir, además, formación para concienciar sobre la discapacidad, y aumentar la sensibilización sobre las discapacidades mentales y físicas, eliminar las actitudes que estigmatizan y resaltar que las personas privadas de libertad con alguna discapacidad tienen los mismos derechos humanos que el resto de la población penitenciaria. La capacitación debería permitir al personal identificar, supervisar y cuidar eficazmente a este grupo de personas. Esto incluye asegurar que tengan el mismo acceso a los servicios y beneficios que el resto de personas detenidas y que exista protección contra la discriminación, la violencia o el abuso por parte del personal penitenciario u otros y otras reclusas. También debe incluir formación sobre temas básicos de salud mental y prevención de suicidios.

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Todo el personal penitenciario debe estar capacitado para proteger los derechos y satisfacer las necesidades de las personas LGBTI detenidas, incluyendo el conocimiento de las diferencias entre la orientación sexual y la identidad sexual y los subgrupos específicos incluidos en el acrónimo LGBTI. Esta formación debería sensibilizar sobre cuestiones de identidad de género y orientación sexual y desmantelar los prejuicios y presupuestos sobre las personas LGBTI. El personal penitenciario debe recibir capacitación sobre: la prohibición absoluta de la tortura u otros malos tratos hacia el colectivo LGBTI; consideraciones relativas en la realización de procedimientos operativos (clasificación, colocación, registros); medidas apropiadas para proteger a las personas LGBTI detenidas de la victimización (por ejemplo, de la violencia y el abuso por parte de otros y otras reclusas).

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El funcionariado penitenciario que trabaja con personas detenidas extranjeras (ya sea en prisión preventiva, condenadas por un delito o detenidas administrativamente debido a su situación migratoria) debería recibir capacitación sobre los derechos, las necesidades específicas y los desafíos a los que se enfrentan las personas extranjeras en prisión, incluyendo las barreras lingüísticas que pueden impedir su acceso a derechos, servicios y beneficios. Estos programas de capacitación deberían abarcar los derechos consulares, los procedimientos de inmigración y la manera de minimizar las incertidumbres de las personas detenidas respecto a su estatus migratorio.

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Cabe señalar que, de conformidad con las normas internacionales, las personas detenidas debido a su situación migratoria no deben estar recluidas en cárceles ni en centros similares. El personal penitenciario que trabaje con personas inmigrantes detenidas debe estar capacitado para comprender que estas personas no están condenadas ni son sospechosas de cometer un delito, por lo que su detención no debe ser de naturaleza punitiva y debe parecerse lo máximo posible a la vida en el mundo exterior (por ejemplo, en términos de ropa, libertad de movimiento dentro de los límites de la detención, acceso a actividades y derechos de visita, etc.).

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El personal penitenciario que trabaja con mujeres detenidas debe recibir capacitación sobre las necesidades específicas de género y los derechos humanos de las mujeres. Esta formación debería abordar los prejuicios sobre las mujeres detenidas y ayudar al personal penitenciario a comprender el impacto desproporcionado que la prisión tiene sobre ellas y cómo minimizarlo, y a cómo satisfacer sus necesidades específicas en cuanto a protección y atención sanitaria. El personal también debe recibir una formación adecuada sobre los procedimientos operacionales diseñados para proteger los derechos y la dignidad de las mujeres (por ejemplo, sobre la sensibilidad de género en el desarrollo de búsquedas corporales).

Niños y niñas

El personal penitenciario que trabaja con niños y niñas debe recibir capacitación sobre los derechos, las consideraciones especiales y las necesidades de protección de la infancia debido a su corta edad y vulnerabilidad. Esto incluye las normas internacionales sobre los derechos de la infancia y el principio del interés superior del/la niño/a, así como formación básica sobre psicología y bienestar infantil. Cuando se permite que las y los niños permanezcan con las madres en prisión, se debe sensibilizar al personal sobre el desarrollo infantil y deben recibir formación básica sobre la atención sanitaria en la infancia para poder responder en tiempos de necesidad y emergencia.

Capacitación para la gestión penitenciaria

La dirección de la prisión (el o la directora y sus adjuntos/as) requiere habilidades especializadas y ejerce una influencia importante en la cultura de una prisión. Los y las administradoras deben recibir una capacitación extensiva en habilidades directivas. Esto se aplica a los y las administradoras que son contratadas externamente para el puesto, así como a aquellos y aquellas promovidas dentro de la prisión (ya que la experiencia en el trabajo penitenciario operativo puede ser un activo, pero no necesariamente proporciona las habilidades específicas requeridas para la gestión). También se les deben dar oportunidades 

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Personas con discapacidades
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Niños y niñas
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Capacitación del personal especializado en prisión

El personal técnico (por ejemplo, médicos/as, profesorado, etc., que a veces reportan a otros ministerios) deberían recibir formación sobre las características específicas a desempeñar durante su función profesional en el contexto penitenciario, incluidas sus obligaciones éticas. Por ejemplo, la primera responsabilidad del personal médico en las cárceles es considerar a las personas detenidas como pacientes y tratarlas como tales. Los dilemas que surgen en este contexto deben ser incluidos explícitamente en esta capacitación. El personal médico también debe recibir capacitación sobre las necesidades específicas de atención sanitaria de los grupos en situación de vulnerabilidad dentro de prisión, por ejemplo mujeres, infancia, personas con alguna discapacidad y personas LBGTI detenidas. El personal técnico también debería recibir la misma formación básica que el personal de custodia, en la medida en que tengan la misma responsabilidad en el control y el tratamiento de las personas privadas de libertad.

Vínculos con la política y la cultura institucionales

Para ser eficaces, los programas de capacitación del personal penitenciario deben basarse en una visión institucional sobre la profesionalidad del personal y en un enfoque coherente de su desarrollo profesional. La formación debe estar claramente apoyada y vinculada a la política institucional. Esto significa que los principios y prácticas impartidas deben estar respaldados por la visión, la misión, las políticas y los procedimientos operativos de la prisión. La administración y las y los supervisores deben estar entrenados y comprometidos con la aplicación de estos principios y prácticas.

Las fases de formación teórica y práctica deben ser organizadas de manera que la práctica concreta refleje de forma sistemática los principios de los derechos humanos.

Las sesiones de capacitación pueden ser un escenario en el cual las nuevas personas contratadas sean socializadas con la cultura de la prisión. La forma en que se lleven a cabo las capacitaciones puede lanzar mensajes fuertes sobre cómo se hacen las cosas dentro de la institución y qué comportamiento se espera y es aceptable. Por lo tanto, las sesiones de formación deben ser constructivas, respetuosas y no discriminatorias en cuanto al contenido, el formato y el idioma utilizados.

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Preguntas para el monitoreo

¿Qué capacitación recibe el personal de la prisión tras su nombramiento?

¿La capacitación es participativa e incluye componentes teóricos y prácticos?

¿La capacitación inicial abarca los principios de derechos humanos que sustentan el trabajo penitenciario?

¿El personal penitenciario tiene la percepción de que la capacitación inicial les proporcionó los conocimientos, la actitud y las habilidades necesarias para desempeñar su trabajo?

¿El personal recibe regularmente oportunidades de desarrollo profesional a lo largo de su carrera?

¿Tiene todo el personal el mismo acceso a las oportunidades de formación continua? (¿hay indicios de discriminación en el acceso?)

¿La dirección (las y los directores y personal adjunto) recibe una amplia formación en las habilidades de gestión necesarias para su función?

¿Cómo percibe el personal penitenciario la naturaleza/utilidad de la formación que han recibido? ¿Existen áreas en las que perciban que carecen o que se beneficiarían de una capacitación adicional?

¿Cuál es el estilo/naturaleza de la capacitación del personal penitenciario (respetuoso, constructivo, negativo o abusivo?).

¿Hay discrepancias entre el mensaje transmitido durante la formación sobre cómo tratar a las personas detenidas y la "manera en que se hacen las cosas" realmente en la prisión?

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Personas con discapacidades
Minorías y pueblos indígenas
Niños y niñas
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¿El personal penitenciario recibe capacitación sobre igualdad y diversidad en lo que concierne al respeto de los derechos y a satisfacer las necesidades de los grupos de personas detenidas en situación de vulnerabilidad?

Personas con discapacidades

¿El personal penitenciario recibe formación para la sensibilización sobre las discapacidades?

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¿El personal penitenciario recibe formación para el respeto de los derechos y para satisfacer las necesidades de las personas LGBTI detenidas?

Minorías y pueblos indígenas

¿El personal penitenciario recibe formación en diversidad cultural para ayudarles a entender las diferentes culturas y adoptar así un lenguaje y comportamiento apropiados y no discriminatorios?

extranjeros/as

¿El personal penitenciario que trabaja con personas extranjeras detenidas recibe formación para el respeto y para satisfacer las necesidades de las personas extranjeras detenidas?

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¿El personal penitenciario que trabaja con mujeres recibe formación sobre las necesidades específicas de género y los derechos humanos de las mujeres en prisión?

Niños y niñas

¿El personal penitenciario que trabaja con niños y niñas está capacitado en los derechos, consideraciones especiales y necesidades de protección de la infancia en prisión?

¿El personal técnico (médicos y médicas, profesorado, etc.) recibe formación específica sobre su rol en prisión, incluyendo sus obligaciones éticas en este contexto?

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Lecturas adicionales

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