Alojamiento

Elementos clave

En vista del número de horas que se pasan en las celdas o dormitorios diariamente, las condiciones de alojamiento tienen un impacto considerable en la experiencia de privación de libertad. Las normas mínimas sobre estas condiciones deben ser compatibles con la dignidad humana.

La arquitectura del lugar de detención, y en particular, el diseño de las celdas, debe contribuir a garantizar la seguridad de las personas albergadas  allí y asegurar que exista cierta privacidad.

Las celdas y los dormitorios deben estar equipados con baños y aseos e incluir mobiliario básico, y en buen estado, para hacer la vida más llevadera durante el periodo de detención. El hacinamiento, junto con las condiciones materiales del lugar de detención que estén por debajo de los estándares, puede derivar en situaciones de maltrato o incluso de tortura.

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Análisis

Si las prisiones representan el lugar en el que las personas detenidas viven, sus celdas y dormitorios se pueden considerar como sus "casas". Aquí es donde pasan la mayor parte del tiempo, al menos durante la noche y, en ocasiones, todo el día. La distribución y las condiciones  materiales de estas zonas, por lo tanto, representan aspectos esenciales para aliviar los efectos nocivos de la privación de libertad.

Las condiciones materiales del alojamiento deben ser comparables a los niveles de vida promedio en el mundo exterior. Esto, por lo general, está lejos de ser el caso en las cárceles. Las condiciones de vida dentro de los establecimientos deben garantizar la dignidad de la persona para no constituir una forma de maltrato o tortura.

El alojamiento de las personas detenidas debe respetar los principios de separación de las personas en prisión preventiva de aquellas que han sido condenadas, la separación entre hombres de mujeres, y  de la infancia de las personas adultas.

Arquitectura y diseño

La arquitectura del lugar de detención debe asegurar que los espacios de vida son sólidos y seguros. Por otra parte, el diseño de estos lugares debe garantizar un mínimo de privacidad y contribuir al objetivo de la rehabilitación. En la práctica, las condiciones de vida varían considerablemente de un país a otro, pero también de un establecimiento a otro, en particular, debido a su tamaño, al estado de desgaste, al nivel de limpieza, o bien por el tipo de régimen que opera.

Los establecimientos más antiguos tienden a no proporcionar condiciones de vida adecuadas, debido a riesgos asociados a la falta de higiene, además de por la forma en que fueron diseñados. Lo mismo puede decirse de los lugares que no estaban destinados originalmente para ser prisiones y que más tarde se convirtieron en estas. También ocurre a veces que, debido a la falta de espacio dentro de una prisión, áreas que estaban destinadas a ser almacenes o talleres se convierten en celdas, a pesar de no cumplir las condiciones satisfactorias de alojamiento.

Los establecimientos nuevos presentan, a veces, una arquitectura que tiende a deshumanizar las relaciones sociales. A pesar de ofrecer mejores condiciones materiales en cuanto a infraestructura, tienden a priorizar la seguridad y la eficiencia económica en detrimento de los objetivos de rehabilitación.

Las molestias por ruido, en el contexto de privación de libertad, pueden resultar especialmente difíciles de soportar. La calidad de los tabiques o paredes entre las celdas, así como las puertas y revestimientos para el suelo, deberían garantizar un nivel mínimo de insonorización, especialmente en los establecimientos en los que las personas privadas de libertad pasan la mayor parte del tiempo en sus celdas. A veces, obstruyen las salidas de aire porque son demasiado ruidosas; esto afecta directamente a la calidad del aire en las celdas o dormitorios.

¿Celdas o dormitorios?

Las normas internacionales tienden a fomentar el uso de las celdas individuales para la noche, tanto en el caso de personas en detención preventiva como en el de aquellas condenadas aunque reconocen que, en ciertos casos, las autoridades favorecen el alojamiento compartido, especialmente, por razones culturales. Incluso cuando este es el caso, el número personas por celda compartida debe ser limitado y la elección de las personas que vayan a compartir un dormitorio debe realizarse cuidadosamente, con el fin de minimizar el riesgo de abusos. En la medida de lo posible, las personas detenidas deben tener la posibilidad de elegir, antes de ser obligadas a compartir celda con alguien durante la noche.

Los factores culturales, sin embargo, no justifican la existencia de mega-dormitorios albergando decenas de personas o incluso más, en los que la estrecha proximidad excluye cualquier posibilidad de privacidad y puede derivar en un serio riesgo de abusos y violencia. La continua entrada y salida  de personas detenidas a una celda o dormitorio compartido, puede perturbar y molestar a sus ocupantes. Además, cuando hay alteraciones en los dormitorios, resulta más difícil para las autoridades evitar el uso de la fuerza al intentar mitigarlas. Por último, en dormitorios grandes, el mantenimiento de los inodoros tiende a ser deficiente debido al gran volumen de uso de las instalaciones compartidas.

Los estándares recomiendan las celdas individuales durante la noche, principalmente, para proteger a algunas personas de la violencia ejercida por parte de otras personas detenidas y para garantizar un mínimo de privacidad. Esto ayuda a atenuar las restricciones impuestas por la privación de libertad y facilita la eventual rehabilitación.

Tamaño de las celdas y los dormitorios

Unas condiciones dignas de alojamiento implican que las personas detenidas tengan una cantidad mínima de espacio de vida dentro de la prisión. En una celda individual, el espacio disponible debe ser al menos de 7 m2 (CPT, o 5,4 m2 de acuerdo con el CICR). En las celdas y dormitorios compartidos, los siguientes tamaños mínimos deben ser respetados: 10 m2 para dos personas detenidas, 21 m2 para cinco personas, 3 m2 para siete personas y 60 m2 si son 12 personas detenidas (CPT). En los dormitorios, la superficie de suelo disponible para cada detenido o detenida nunca debe ser inferior a 4 m2 (CPT, 3,4 m2 según el CICR). Esta norma representa un mínimo para garantizar que las condiciones de detención no constituyen per se una forma de trato cruel, inhumano o degradante. El espacio disponible para cada persona debe examinarse conjuntamente con el tiempo de permanencia en la celda, el estado de limpieza y otras consideraciones que podrían impactar negativamente en la situación de la persona. Por otra parte, el espacio vital en la celda/dormitorio incluye, no sólo el espacio para la cama, muebles y objetos personales, sino también el espacio necesario para moverse y hacer algo de ejercicio.

Las consideraciones relativas al espacio disponible deben hacerse siempre junto con otros factores, como el estado de limpieza de la zona, el tiempo que se pasa fuera de la celda, y el hacinamiento.

Los muebles y la personalización de las celdas

Las celdas individuales o las de dos personas deben ofrecer mobiliario básico en buen estado, incluyendo una cama, una silla y una mesa, así como un armario y/o conjunto de estanterías para cada persona. Una hamaca no puede ser considerada una cama, y la cama debe tener siempre un colchón. Cada cama tiene que ser al menos de 2 m de largo y 0,8 m de ancho (Comité Internacional de la Cruz Roja).

El espacio entre los muebles debe permitir a la persona moverse con facilidad, hacer algo de ejercicio y trabajar o estudiar en su mesa. El mobiliario debe ser lo más agradable y lo más ergonómico posible. Las personas detenidas deben tener la posibilidad de guardar sus propiedades y sus documentos personales autorizados en un lugar cerrado.

En la práctica, a menudo, nos encontramos con que los muebles son insuficientes y/o están en mal estado y que los armarios y lugares para guardar sus cosas se limitan, en el mejor de los casos, a unos simples estantes. Las personas detenidas se ven a veces obligadas a guardar sus cosas sobre la cama, o incluso en el suelo. En algunos casos, debido a la falta de mobiliario, tienen que hacer su propia estantería de cartón con el fin de tener un lugar en el que puedan guardar sus pertenencias.

La celda representa el espacio vital de las personas privadas de libertad. Por ello, es importante, especialmente para las personas que cumplen condenas largas, poder decorarla con objetos personales, dibujos y fotografías. La personalización de la celda con decoraciones y estímulos visuales, no sólo debe ser permitido, sino incentivado de forma activa. El personal, además, debe mostrar respeto por estas pertenencias y decoraciones.

El respeto por la privacidad

La prisión es, por definición, un lugar donde la privacidad de las personas y la vida privada se encuentran restringidas. Las restricciones a la libertad de las personas de ir y venir, los requisitos de seguridad, la vigilancia, la prevención de intentos de fuga y la prevención de la violencia, limitan gravemente el derecho las personas detenidas a una vida privada. A pesar de todas estas restricciones, el derecho a la privacidad debe ser garantizado, teniendo en cuenta las exigencias de la vida comunitaria y del mandato de los establecimientos de privación de libertad. Las condiciones de alojamiento están estrechamente vinculadas a la protección de la privacidad.

Tener una celda individual por la noche juega un papel importante en la garantía de ese mínimo de privacidad. Incluso si se vigila la celda a través de una mirilla, incluyendo el uso de una luz por la noche, como parte de los requisitos de seguridad, tal práctica nunca debe llevarse a cabo de manera discriminatoria o para cualquier otro propósito que no sea el de vigilancia. Además, los baños no deben ser visibles desde la mirilla, la ventana de la puerta o las cámaras de video vigilancia.

Cuando los registros en las celdas se lleven a cabo, incluso si estos son justificados y necesarios para mantener el orden y evitar intentos de fuga, se deberán realizar esfuerzos para limitar su impacto en la privacidad de las personas; el personal encargado de las búsquedas debe mostrar respeto por las pertenencias de las personas detenidas.

Alojamiento y hacinamiento

Las situaciones de hacinamiento tienen un efecto directo y perjudicial sobre la calidad del alojamiento de las personas detenidas. Tan pronto como se excede la capacidad máxima, el espacio individual se reduce, con el riesgo a corto plazo de que se produzca hacinamiento en los dormitorios, con personas durmiendo en el suelo, y que las celdas individuales se conviertan en celdas compartidas. Tales situaciones disminuyen la privacidad y aumentan las tensiones y el riesgo de abuso y violencia entre la población penitenciaria. Las personas más vulnerables corren un riesgo especial. Los mínimos de privacidad ya no pueden ser garantizados y se corre el riesgo de que las condiciones de vida no respeten la dignidad humana. Los contextos de hacinamiento, combinados con condiciones insalubres de alojamiento y la falta de espacio pueden constituir una forma de maltrato o incluso de tortura.

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Personas con discapacidades
Minorías y pueblos indígenas
Niños y niñas
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Personas detenidas en situación de vulnerabilidad

Cuando la infraestructura o la capacidad del lugar de detención no permiten la provisión de celdas individuales para toda la población penitenciaria, el acceso a las celdas individuales de noche debe ser prioritario para aquellas personas consideradas más vulnerables a los abusos. La atribución de una celda individual, cuando esto no sea la norma, no debe, sin embargo, ser una imposición y siempre debe hacerse consultando a las personas involucradas.

Personas con discapacidades

El diseño de nuevos lugares de detención siempre debe tener en cuenta las necesidades de las personas con movilidad reducida. Las celdas especiales requieren modificaciones considerables que sólo pueden ser diseñadas de manera satisfactoria cuando los planos de construcción son elaborados. En los establecimientos más antiguos, deben hacerse adecuaciones razonables, no sólo para proporcionar el equipamiento necesario, sino también para hacer posible el uso de una silla de ruedas en la celda. Por tanto, el tamaño de las celdas especiales debe permitir el acceso al inodoro en una silla de ruedas sin necesidad de retirar la puerta. El inodoro debe ser adaptado para personas con movilidad reducida.

Niños y niñas

Los niños y las niñas privadas de libertad, deben estar siempre separados y separadas de las personas adultas. Su alojamiento debe cumplir con los objetivos de la rehabilitación y debe satisfacer las medidas de seguridad con el menor número posible de restricciones. Los niños y niñas deben dormir en celdas individuales, o en pequeños dormitorios, teniendo en cuenta los factores culturales y las normas locales. Se debe tener especialmente en cuenta su necesidad de privacidad cuando se prepare su alojamiento. También es importante que las condiciones materiales satisfagan su necesidad de estimulación sensorial.

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Cuando no sea posible proporcionar una celda individual para la noche a todo el conjunto de la población penitenciaria, estas deberían ser ofrecidas prioritariamente a las personas LGBTI, ya que están más expuestas al riesgo de abuso por parte de otras personas detenidas, siempre y cuando sea lo que estas desean. Las personas trans no deben ser asignadas a una sección (o prisión) masculina o femenina, únicamente en base de su sexo biológico. Cualquier asignación de alojamiento debe hacerse teniendo en cuenta sus puntos de vista, y se debe tener en cuenta su identidad de género percibida, así como cualquier tratamiento que esté siguiendo con vistas a una posible reasignación de género.

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Las mujeres detenidas deben estar siempre separadas de los hombres. Las condiciones de su alojamiento, especialmente en el caso de las mujeres embarazadas o madres lactantes, deben tener en cuenta sus necesidades específicas. Se deben hacer ajustes para las madres detenidas con niñas y niños pequeños, con el fin de hacer las condiciones de su alojamiento lo más cómodo posible y, sobre todo, se deben tener en cuenta las necesidades del niño o niña.

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Minorías y pueblos indígenas

Las autoridades pueden tender a organizar las zonas de alojamiento separadas para las personas detenidas de diferentes orígenes étnicos o nacionalidades con el fin de prevenir la violencia. Esta separación no debe convertirse en algo rutinario, debe ser revisada periódicamente y no debe hacerse en detrimento de ningún grupo en particular (como asignar un alojamiento  peor a un  grupo específico). Incluso si la separación temporal resulta inevitable para prevenir la violencia, la prisión no debe contribuir a la estigmatización o la exclusión de ciertas minorías.

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Preguntas para el monitoreo

¿Cuánto espacio se asigna a cada persona detenida en una celda individual o celda/dormitorio compartido?

¿Cada persona detenida tiene una cama y un colchón?

Cuando las personas detenidas son ubicadas en celdas o dormitorios compartidos, ¿cómo se distribuyen los espacios?

¿Qué muebles están disponibles en las celdas y en qué estado se encuentran?

¿Las celdas o dormitorios tienen agua y un aseo en funcionamiento? Si es así, ¿está el inodoro separado de la celda por una puerta?

¿Existen restricciones sobre la forma en que las personas detenidas pueden decorar u organizar su celda para personalizarla?

¿Hay espacios de almacenamiento suficiente para que puedan mantener sus pertenencias personales bajo llave?

¿Están las personas detenidas expuestas a ruidos en sus celdas o dormitorios?

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Personas con discapacidades
Minorías y pueblos indígenas
Niños y niñas
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Cuando no se puede garantizar una celda individual para toda la población penitenciaria, ¿quién tiene acceso prioritario estas para la noche y en base a qué criterios?

Personas con discapacidades

¿Existen celdas para facilitar la movilidad de las personas con movilidad reducida, incluidas las personas usuarias de sillas de ruedas? 

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¿Las celdas para mujeres tienen en cuenta sus necesidades específicas? ¿Qué adaptaciones se hacen para las madres lactantes o madres con niños y niñas pequeñas?

Niños y niñas

¿Cómo se organiza el alojamiento en el caso de la infancia? ¿Se toman en consideración sus necesidades específicas, incluyendo su necesidad de privacidad?

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¿Las personas LGBTI tienen la posibilidad, si así lo desean, de tener una celda individual para la noche?

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¿Las personas trans son ubicadas en áreas destinadas para hombres o mujeres basándose en su sexo biológico o en su identidad de género percibida?

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Minorías y pueblos indígenas

¿En las celdas o dormitorios compartidos, la separación entre las personas detenidas se estableces en base a su nacionalidad u origen étnico? Si es así, ¿cuál es la razón que justifica tal práctica?

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