El riesgo de tortura existe en todas partes. En cualquier país y en cualquier momento. La prevención de la tortura consiste en reducir estos riesgos y crear entornos en los que sea menos probable que se produzcan torturas y malos tratos.

Para ello, trabajamos con una amplia gama de contrapartes en países de todo el mundo, incluyendo: mecanismos nacionales de prevención y otros órganos de monitoreo; autoridades nacionales y policía; actores del sector judicial; y organizaciones de la sociedad civil. 

¿QUÉ FACTORES DE RIESGO PUEDEN CONDUCIR A LA TORTURA?

Entorno

Cuando no existe el estado de derecho; hay una cultura de impunidad; corrupción; una erosión de la prohibición absoluta de la tortura y/o la aceptación pública de la tortura; un acceso deficiente a la justicia; medidas antiterroristas; militarización o privatización de la detención y la seguridad;

Prácticas

En caso de detención incomunicada; confinamiento solitario; sanciones disciplinarias; amenazas/represalias; uso de medios de contención; internamiento involuntario; registros corporales; castigo corporal; pena capital

Sistemas de justicia penal

Cuando los sistemas de justicia son disfuncionales y dependen excesivamente de las confesiones; o cuando la cultura institucional, las políticas de contratación y promoción presionan a las fuerzas del orden para obtener resultados

Personas

Para personas en situaciones de vulnerabilidad que enfrentan invisibilidad, discriminación, perfilamiento, acoso, violencia y encarcelamiento excesivo debido a su género, edad, situación migratoria, nacionalidad, origen étnico, situación económica, discapacidad, religión, orientación sexual, identidad o expresión de género, uso de drogas

Momentos

En momentos como el arresto; la aprehensión; la detención y el registro; las primeras horas de detención; el interrogatorio; los traslados; las deportaciones forzadas; las manifestaciones públicas

Lugares

En lugares cerrados, tales como prisiones; comisarías de policía; instituciones psiquiátricas; centros de justicia juvenil; hogares de atención social; centros de cuarentena; centros de atención al adulto mayor; centros de detención internacional o extraterritorial; lugares secretos o lugares en los que no hay supervisión. 

 

¿CUÁL ES LA EVIDENCIA PARA LA PREVENCIÓN DE LA TORTURA?

woman leaving cell door

 

RESPONDIENDO A LOS FACTORES DE RIESGO 

La prevención de la tortura requiere un enfoque integrado en el que los Estados

  • Dispongan de un marco jurídico sólido que prohíba la tortura y los malos tratos y refleje las normas internacionales
  • Apliquen este marco jurídico en la práctica; por ejemplo, estableciendo garantías procesales en la detención y proporcionando formación a las personas encargadas de hacer cumplir la ley
  • Establezcan mecanismos para supervisar el marco jurídico y su aplicación, incluso mediante la supervisión independiente de los lugares de detención.

 

La prevención de la tortura requiere un enfoque holístico, en el que las diferentes medidas estén interconectadas y se influyan mutuamente, para crear un entorno en el que sea menos probable que ocurra torturas y malos tratos. Esto también implica cambios estructurales, en términos de reforma y de cultura y mentalidad institucional.

Animamos a los Estados a ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT) y a abrir todos los lugares de detención bajo su jurisdicción a las visitas de los órganos de monitoreo independientes - conocidos como Mecanismos Nacionales de Prevención (MNP) - que deben establecer en virtud del OPCAT.
 

 

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