Perfil y competencias de las/los miembros y el personal del MNP

¿Quiénes son consideradas/os como miembros y como parte del personal del MNP?

Los MNP usualmente están compuestos de ambos tanto de miembros como de personal. Las y los miembros son designadas/os mediante un proceso o procedimiento de selección (ya sea en el parlamento, a través de una comisión de selección, o designados por el gobierno). Dependiendo del modelo de MNP, el número de las y los miembros podría variar entre algunos (por ejemplo, todas las instituciones ombuds) y en algunos casos alcanzar más de una docena de miembros (tal como es el caso entre las nuevas instituciones especializadas).

Con frecuencia, la ley que establece al MNP incluye la composición de sus miembros y la experiencia profesional y las habilidades que son requeridas. Tal como se establece en el Artículo 18.2 del OPCAT que establece "los Estados Parte tomarán las medidas necesarias a fin de garantizar que los expertos del mecanismo nacional tengan las aptitudes y los conocimientos profesionales requeridos.” Posteriormente el personal es reclutado, reubicado o secundado por las y los miembros, dependiendo del modelo de MNP.

Las y los miembros son designados con una duración definida del mandato (que puede o puede no ser renovable), mientras que el personal es permanente y representa una garantía para la estabilidad y sustentabilidad institucional. Por otro lado, el personal es reclutado (dependiendo del modelo de MNP), una vez que el MNP es establecido, para apoyar a las y los miembros a implementar el mandato preventivo o para propósitos administrativos. En ambos casos, el MNP debería tener la autoridad de elegir y de emplear a su propio personal con base en los criterios y requerimientos que determine por si mismo. Los recursos humanos suficientes permiten que el MNP sea funcionalmente independiente.

Existen algunas especificidades relativas a la composición de los MNP, así como una distinción entre el rol de las y los miembros y el personal. Por ejemplo, el personal puede llevar a cabo el mandato del MNP en aquéllos casos en los que las instituciones ombuds son designadas como MNP. En contraste, en algunas instituciones nuevas especializadas, el mandato es llevado principalmente por las y los miembros. Algunos MNP también designan a una persona quien funge como secretaria/o general entre todos sus miembros, mientras que en otros, esta posición es parte de un secretariado (que podría ayudar a preservar la memoria institucional).

El trabajo de las y los miembros puede ser de tiempo completo o de medio tiempo, de acuerdo con la ley y/o con los reglamentos internos del MNP y para tener en consideración el alcance del mandato. Tanto las y los miembros, de medio tiempo como las y los de tiempo completo deberían de recibir un pago adecuado por su trabajo. Esto puede ser considerado cuando se construya el presupuesto del MNP.

Tanto las y los miembros como el personal están sujetos a los principios de confidencialidad de la información personal, de no dañar y de no discriminación. Por lo tanto, estos deberían tener las mismas inmunidades contra las represalias y sobre cualquier obstáculo potencial para realizar su trabajo preventivo.

¿Qué experiencia profesional es requerida para las y los miembros y el personal del MNP?

Para que un MNP sea efectivo, las y los miembros y el personal deben tener experiencia relevante. Adicionalmente, el MNP, como institución, debería de reunir, colectivamente, la variedad y el balance requerido de los diferentes campos del conocimiento profesional y la experiencia práctica para permitirle desempeñar de manera efectiva su mandato.

Algunos campos profesionales son particularmente relevantes para el trabajo del MNP, que incluyen a:

  • La Abogacía.
  • Especialistas en medicina (incluyendo a doctoras/es, practicantes generales, especialistas forenses y psiquiatras).
  • Profesionales en psicología.
  • Especialistas en derechos humanos (particularmente con especialización en los temas relativos a la detención).
  • Profesionales en trabajo social.
  • Profesionales en antropología.
  • Personas con experiencia previa en el campo de la policía, la migración, la administración de justicia y en los lugares de detención.
  • Personas con particular experiencia trabajando con grupos en situación de vulnerabilidad.

Toda la institución, con sus miembros y el personal, debería tener, como mínimo experiencia legal y médica.

La experiencia de las y los miembros puede ser complementada por un conjunto de personas expertas que acompañen su trabajo.

Tal como lo señalan las directrices del SPT, "los miembros del mecanismo nacional de prevención deben poseer colectivamente los conocimientos y la experiencia necesarios que garanticen la eficacia de su funcionamiento […] el MNP debe asegurar que su personal  se ampliamente representativo y tenga las aptitudes y los conocimientos profesionales necesarios para que el mecanismo pueda desempeñar cumplidamente su mandato. Ello deberá incluir, entre otras cosas, conocimientos especializados pertinentes en materia jurídica y de atención a la salud."

¿Cuáles son otras consideraciones clave para la designación de las y los miembros y del personal de un MNP?

De acuerdo con el artículo 18.2 del OPCAT, los Estados Parte “tendrán igualmente en cuenta el equilibrio de género y la adecuada representación de los grupos étnicos y minoritarios del país.”

El balance de género y la representación de los diferentes grupos étnicos y socioculturales dentro del MNP debería incrementar su capacidad de comprender las necesidades específicas de los grupos en situación de vulnerabilidad en detención, y en consecuencia, realizar recomendaciones apropiadas. Dependiendo del modelos de MNP, este balance debería ser cumplido y complementado durante la designación tanto del personal como de las y los miembros.

Las y los miembros también deberían tener una compresión diversa de los grupos específicos en detención (tales como de las minorías étnicas y socio-culturales) y ser culturalmente sensibles.

¿Qué habilidades y otros requerimientos deberían tener las y los miembros y el personal del MNP?

a.Habilidades metodológicas:

  • Ser buen oyente: Las y los miembros y el personal del MNP realizan entrevistas a las personas detenidas y al personal de las autoridades durante sus visitas a los lugares de privación de libertad. Con el propósito de crear una relación de confianza y ser informadas/os sobre las condiciones y el trato en los lugares de privación de libertad, las y los miembros y el personal del MNP deberían cuidadosamente escuchar lo que se les dice (y dejar decir) y poner atención a los detalles.
  • Habilidades de observación: Las y los miembros y el personal del MNP deben observar, escuchar, oler y sentir todo lo que está a su alrededor en los lugares de privación de libertad. Esto les permitirá tener un análisis completo de la situación, detectar cualquier posible irregularidad o alguna buena práctica, y realizar recomendaciones apropiadas. La observación es una habilidad esencial para ser capaz de triangular la información.

b. Habilidades para escribir: Lasy los miembros y el personal del MNP deben escribir informes concisos y analíticos (que incluyen los informes anuales, de visitas y temáticos), los cuales contienen hallazgos y recomendaciones claras. Los buenos informes no solo son la memoria institucional de un MNP, sino que también son una herramienta efectiva para el diálogo con las autoridades del Estado y para la sensibilización del público sobre las problemáticas relativas a la detención.

c. Habilidades analíticas:Las y los miembros y el personal del MNP reúnen una gran cantidad de información (documentos, datos sobre las entrevistas, estadísticas, etc.). Es importante que se verifique y analice esta información antes de llegar a conclusiones o a la redacción de las recomendaciones. El equipo del MNP debe ser capaz de procesar la información obtenida de una manera objetiva, y traducirla en recomendaciones específicas y precisas.

d. Características personales: Las y los miembros del MNP se comunican con las autoridades estatales de alto nivel, el personal, las familias de quienes están detenidas/os, con las personas detenidas, y en algunos casos con víctimas de tortura y de otros malos tratos. Ellas y ellos deben ser profesionales, empáticas/os y ser capaces de construir relaciones con una amplia variedad de personas.

  • Dinámicas de grupo y trabajo en equipo: Las y los miembros y el personal del MNP deben actuar como en equipo. Usualmente, los MNP son creados por un grupo de personas con experiencias y trasfondos diversos quienes no han trabajado previamente en conjunto. Sin embargo, ellas y ellos deben impulsar dinámicas de grupo positivas, que les permitirán trabajar en conjunto para desarrollar una estrategia, que identifique las prioridades y las modalidades de trabajo, realicen visitas, redacten informes y realicen recomendaciones como un equipo.
  • Respeto y sensibilidad: Las visitas a los lugares de privación de libertad afectan el patrón diario del trabajo en cada lugar. Por lo tanto, las y los miembros y el personal deben ser respetuosas/os y consientes de las reglas y de las regulaciones de cada uno de los lugares que visitan. Durante las visitas, las y los miembros y el personal de un MNP debe también demostrar respeto hacia los espacios de vivienda de las personas detenidas (como las celdas).
  • Consideración hacia las vulnerabilidades: Las y los miembros del MNP y el personal, deberían ser capaces de detectar situaciones de vulnerabilidad, debido a su atención especial y a la verificación sobre si son o no requeridas ciertas medidas específicas para defender los derechos humanos de aquéllas personas que están en riesgo.
  • Disponibilidad y flexibilidad: Ser miembro o formar parte del personal de un MNP es un trabajo demandante. El cual requiere de flexibilidad y disponibilidad para realizar visitas (incluyendo a veces) durante las noches o en fines de semana. También requiere de ir a visitas largas (en algunos casos de una o dos semanas), y en ciertas áreas o regiones lejos de casa o a veces en condiciones difíciles (en relación con ambos, el alojamiento y el transporte). Las y los miembros y el personal de los MNP deben considerar estas inusuales circunstancias de trabajo y lidiar con ellas con flexibilidad y con sentido de responsabilidad.
  • Integridad hacia la institución: Cada miembro o el personal del MNP representa al MNP y a sus prioridades y metodología de trabajo. Las y los miembros y el personal debe enfocarse en la implementación de los objetivos del MNP, y no en los de otras instituciones u organizaciones - por ejemplo, de algunas áreas del gobierno, de las organizaciones no gubernamentales, etc. 
  • Enfoque basado en los derechos humanos: Existe un número específico de tratados y directrices sobre los derechos de las personas con privadas de libertad y de los derechos de las personas en situación de vulnerabilidad. Las y los miembros y el personal deben adoptar un enfoque amplio basado en los derechos humanos, que busque proteger los derechos humanos de quienes están privadas/os de libertad, sin discriminación, y para defender la dignidad inherente de todas/os como una referencia para evaluar las condiciones y el trato hacia las personas privadas de libertad.

¿Qué significa la independencia e imparcialidad para las y los miembros y el personal de un MNP?

El Artículo 18.1 del OPCAT requiere que los Estados Parte garanticen la independencia funcional de la institución y aseguren que esté compuesta por personal independiente.

Las y los miembros y el personal de los MNP necesitan ser personalmente e institucionalmente independientes de las autoridades estatales y de otras instituciones. Esto significa que las y los miembros y el personal deben servir desde su capacidad personal y únicamente por el interés del MNP. En consecuencia, las y los miembros del MNP no deben actuar en nombre de cualquier otro actor, ya sean instituciones gubernamentales o no gubernamentales.

Las y los miembros y el personal del MNP deben ser capaces, en la práctica, de llevar a cabo sus responsabilidades sin interferencia de las autoridades estatales o de cualquier otro actor. El MNP debe establecer sus propias prioridades, con independencia de la agenda política.

El MNP no debe realizar actividades o incluir a personas que ocupen cargos (o que estén en de permiso de sus posiciones a corto plazo) que podrían ser incompartibles con el mandato del MNP. Ejemplos de estos cargos pueden incluir: al Poder Ejecutivo del gobierno y a las posiciones en el sistema de justicia penal o de ejecución penal. En otras palabras, las y los miembros no deberían estar en una posición en la cual ellas y ellos terminen supervisando a las instituciones para las cuales trabajaron o de las que han formado parte con anterioridad.

Las y los miembros y el personal también deben ser libres de cualquier alianza personal con figuras políticas o con el personal encargado de hacer cumplir las leyes.

Las y los miembros y el personal deben ser personalmente independientes y ser percibidas/os como tal. Por lo tanto, si una o un miembro está actuando de manera imparcial, pero es percibido como parcial, por motivos de la filiación política o por la posición que ocupa, esto comprometería seriamente el trabajo del MNP.

Las y los miembros y el personal debe ser protegido de cualquier intervención del Estado o de interferencias externas en su trabajo y disfrutar de la seguridad del mandato. Esto también ayudará a garantizar la independencia de sus acciones, sin tener que considerar temores relativos a la pérdida de sus trabajos. Ellas y ellos también deben ser protegidas/os de cualquier represalia durante y después de que su mandato termine, en relación con las acciones realizadas durante el tiempo de su trabajo en el MNP.

Sobre este tema, las directrices del SPT establecen que “el Estado debe garantizar la independencia del mecanismo nacional de prevención y abstenerse de nombrar miembros que ocupen cargos que puedan suscitar conflictos de intereses […] Los miembros del mecanismo nacional de prevención también deben asegurarse de no ocupar o acceder a cargos que puedan suscitar conflictos de intereses.”

¿En qué situaciones se podría presentar un conflicto de interés?

Las y los miembros y el personal del MNP deben ser independientes de sus funciones previas. Por ejemplo, un/a abogado/a no puede dar seguimiento a un caso para entrevistar a uno/a de sus clientes durante una visita a la prisión. Asimismo, un/a representante de una ONG no debe proveer información a su colega anterior relacionada con el caso de una persona detenida. El asignar a las y los miembros del MNP un trabajo de tiempo completo y asegurar que no asuman cualquier otra actividad profesional, puede ayudar a mitigar este riesgo. Adicionalmente, es considerada como una buena práctica el incluir una disposición en la ley relativa a las situaciones de conflicto de interés en el MNP.

En algunos casos, las y los miembros o el personal podrían tener vínculos sociales o de amistad con, por ejemplo, las autoridades penitenciarias o con las personas detenidas. En dicho caso, las y los miembros y el personal que esté en una situación temporal de conflicto de interés, debe declararla, así como refrenarse de realizar entrevistas o de participar en visitas específicas.

La experiencia de las y los miembros y del personal con conocimientos previos sobre los lugares de privación de libertad puede ayudar al MNP a comprender mejor el sistema de la detención. Sin embargo, puede colocar a esta persona, como colega antiguo/a, en una posición delicada y hacerle incapaz de proveer una retroalimentación constructiva y objetiva. Las y los miembros del MNP y del personal, que se encuentren en esta situación pueden contribuir con la preparación de la visita al lugar en el cual ellas y ellos trabajaron en el pasado, sin participar en la visita misma.

Los MNP recurren, en ocasiones, a personas expertas externas - con experiencia previa y conocimientos en la administración de justicia o en la ejecución penal - para brindar consejo o para acompañar las visitas a los lugares de detención, sin ser parte de la composición del MNP, con el fin de evitar situaciones de conflicto de interés.

El trabajo del MNP es operativo y demandante. En consecuencia, las y los miembros del MNP deben recibir un pago que sea conforme a su nivel de experiencia y responsabilidad. Esto permite que la membresía trabaje exclusivamente para el MNP, y ayude a evitar situaciones de conflicto de interés, en las cuales las personas miembro y el personal del MNP mantengan su trabajo original durante su mandato.

¿Pueden las y los oficiales del Estado en comisión o las personas servidoras públicas trabajar en un MNP?

El personal del MNP debe ser personalmente e institucionalmente independiente de las autoridades del Estado. Aunque esta no es una situación ideal, en algunos casos (particularmente por motivos de presupuesto) las personas servidoras públicas son encomendadas a trabajar para el MNP, con el fin de proveer apoyo y de reducir costos. En esta situación, el personal debe estar completamente dedicado al trabajo del MNP, y no debe reportar a su ministerio o área de origen. La confidencialidad de la información adquirida en su capacidad como parte del personal del MNP debe ser respetada durante y después de su mandato.

Una garantía de la independencia de personal en comisión, podría ser el asegurar que quienes estén en comisión de servicio estén por un largo plazo. Durante la comisión, el personal únicamente debe responder al MNP. Además, dicho personal debe ser seleccionado mediante un proceso claro, transparente y basado en méritos y a discreción de las y los miembros del MNP.

En cualquier caso, las posiciones de liderazgo y con poder de decisión en el MNP, no deberían apoyadas por el personal en comisión.

¿Deberían las y los miembros y el personal del MNP tener los mismos privilegios y garantías?

El MNP recibe información confidencial y clasificada y, en algunos casos tiene que lidiar con asuntos de tortura en lugares de detención. Por ende, ambos tanto la membresía como el personal deben tener inmunidad frente a cualquier amenaza o influencia relacionada con su trabajo.

El personal que realiza las visitas a los lugares de detención de la misma manera debe disfrutar de las garantías en contra de la intimidación y de los atentados que obstaculicen su trabajo.