Trabajar con personas expertas externas

¿Quiénes son las personas expertas externas y por qué los MNP trabajan con ellas?

Un/a experto/a externo/a es una persona que es contratada por el Mecanismo Nacional de Prevención (MNP) para apoyar en actividades específicas del MNP y que no forma parte del personal, ni es miembro del MNP.  Las y los expertos externos muy a menudo son reclutados/as para apoyar al MNP en la conducción de las visitas a los lugares de privación de libertad, aunque algunos también contribuyen en otras funciones del MNP (por ejemplo, la asesoría legal). Esta definición no incluye la modalidad en la que una institución ombuds ha celebrado un acuerdo formal con organizaciones de la sociedad civil para cumplir con su mandato de MNP (modelo Ombuds plus), de conformidad con un acto o decisión oficial tras (o seguido) de la designación de esta institución como MNP.

El mandato amplio de los MNP en virtud del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT) requiere de una diversidad de experiencias especializadas para monitorear eficazmente las especificidades de los distintos entornos de detención, para comprender y abordar las causas de los problemas que enfrentan las personas privadas de su libertad, incluyendo a quienes pertenecen a grupos en situaciones de vulnerabilidad. Lograr la multidisciplinariedad dentro de los MNP es, sin embargo, un desafío, en particular para los MNP pequeños que no disponen de suficientes recursos humanos internos, pero a veces también para los MNP bien dotados de recursos. Para responder a este desafío y cumplir con su amplio mandato proveniente del OPCAT, los MNP pueden recurrir a personas expertas con una serie de competencias diversas. Dicha experiencia puede incluir habilidades profesionales o técnicas específicas (en campos tan variados como las leyes, la medicina, la psiquiatría, la psicología, la sociología, la antropología, la nutrición o la arquitectura) así como experiencia específica en ciertos tipos de lugares o conocimiento en particular sobre los grupos en situaciones de vulnerabilidad que incrementarán la capacidad del equipo de visita para comprender mejor las necesidades de esos grupos (por ejemplo, mujeres, personas LGBTI, niñez, personas con discapacidad).

Otra forma de experiencia que integran los MNP es la "experiencia vivida" personal (o "personas expertas por experiencia", por ejemplo, antiguos/as usuarios/as de servicios psiquiátricos). La presencia de estas personas expertas es valiosa en el sentido de que su experiencia vivida arroja una luz diferente sobre los aspectos que deben considerarse al monitorear y coloca al equipo de visita en una mejor posición para crear confianza con las personas privadas de libertad con quienes podrían interactuar durante las visitas.

¿Cuáles son los requisitos deben cumplir las personas expertas externas?

Los requisitos del OPCAT (Artículo 18) relativos a la independencia, las capacidades y los conocimientos profesionales del personal y de las y los miembros del MNP deben aplicarse por igual a las personas expertas externas que representarán oficialmente al MNP. Los MNP deberán ser conscientes de que pueden aparecer conflictos de intereses cuando expertos/as externos/as ejerzan otras funciones fuera de su labor en el MNP que puede interferir con sus deberes como personas expertas del MNP. Estos conflictos de intereses pueden manifestarse de diversas formas, por ejemplo, cuando un/a médico/a se muestra reacio/a a cuestionar las prácticas de sus colegas durante una visita o cuando un/a experto/a (abogado/a, persona experta de una ONG) tiene acceso a información confidencial durante una visita del MNP que también puede ser utilizada para sus actividades fuera del mismo. El MNP debe asegurarse que todas las personas expertas externas estén obligadas y respeten la confidencialidad de la informaicón reunida durante las visitas del MNP. Si una persona experta externa con regularidad realiza visitas o proporciona servicios en lugares de detención fuera del MNP, debe ser consciente de que su presencia en el equipo de visita puede crear confusiones con respecto a su rol o derivar en cuestionamientos de los métodos de trabajo del MNP y de los hallazgos futuros, por parte de las autoridades debido a la aparente falta de independencia de esta persona experta.

Cuando se trabaja para el MNP, el rol de las personas expertas externas debe prevalecer sobre su profesión principal o función ejercida fuera del MNP. Por lo tanto, es esencial dejar claro en los contratos de las personas expertas (y/o en un código de conducta aplicable para quienes trabajan para el MNP), que ellos/ellas deben dar prioridad a los intereses del MNP cuando actúen en su nombre, y considerar que no actúan a título personal, ni representan a la otra organización/institución para la que trabajan fuera del MNP.

¿Cuál es el estatus de las personas expertas externas (derechos y obligaciones)?

Las personas expertas externas no son ni miembros ni forman parte del personal del MNP. Este estatus externo significa que ellas y ellos no tienen el mismo nivel de responsabilidades y, en particular, que no deben realizar visitas por su cuenta (es decir, sin la presencia de un/a integrante del personal o miembro del MNP). Durante las visitas, las personas expertas externas deben ser, sin embargo, consideradas en condiciones de igualdad con los miembros y el personal del MNP y ser acreditadas formalmente de antemano ante las autoridades para asegurar su acceso a los lugares que son visitados.

Las personas expertas recién contratadas, a pesar de su estatus externo, reciben una formación inicial que incluye una introducción al mandato y reglamento interno del MNP, y sobre cómo estos se aplican a las personas expertas externas. Esta formación inicial debe asegurar un entendimiento común del mandato del MNP y, por lo tanto, un enfoque coherente en la contribución de las personas expertas externas a la labor del MNP. Además de esta formación inicial, es importante que las y los expertos externos también se involucren en las capacitaciones continuas ofrecidas al personal y miembros del MNP, de modo que estén al día de los desarrollos que son importantes cuando realicen con el monitoreo con el MNP.

También, las personas expertas externas deben tener derecho a prerrogativas e inmunidades en el transcurso de sus deberes con el MNP, tanto durante como despúes de su colaboración con el mismo, tal como lo requiere el artículo 35 del OPCAT para las y los miembros del MNP. Estos incluyen, en particular, inmunidad frente al arresto, la detención y la confiscación del equipaje personal así como inmunidad hacia la confiscación o vigilancia de papeles y documentos. Estas inmunidades deben especificarse en los contratos de las personas expertas con el MNP, a fin de evitar confusiones acerca de cuándo se aplican estas prerrogativas e inmunidades y para asegurar que las personas expertas externas no hagan uso indebido de su estatus en el MNP. Debe quedar claro que las personas expertas gozan de inmunidades y privilegios relacionados con el MNP sólo cuando actúan en nombre del mismo y no cuando realizan otras funciones.

Por último, las personas expertas externas del MNP también tienen obligaciones que deben ser especificadas desde la etapa del reclutamiento y explicadas en su contrato. Estas incluyen mantener la confidencialidad de toda la información a la que accedieron mientras trabajaron para el MNP - la información que debe manterse confidencial - y en particular el hecho de que, tal como lo especifica el OPCAT (Artículo 21.2), la información personal no debe ser publicada o utilizada sin el consentimiento de la persona interesada.

¿Cuál es el rol de las personas expertas externas?

En la práctica, la mayoría de los MNP contratan a expertos y expertas para que participen en las visitas a los lugares de privación de libertad, siendo estas uno de los componentes centrales de los mandatos del MNP, durante las cuales se les pueden asignar tareas específicas en función de su campo de experiencia y competencias. Su rol, sin embargo, debe ir más allá de la participación en la visita en sí misma. En este sentido, para asegurar un enfoque común y coherente dentro del equipo de visita, las personas expertas externas deben estar siempre integradas en la preparación de la visita. Esto también permitirá que el MNP se beneficie de los conocimientos de las y los expertos desde las etapas iniciales de la planificación de la visita (por ejemplo, en identificar las poblemáticas que serán examinadas y las fuentes de información relevantes sobre aspectos específicos que serán vistos durante la visita). Por lo tanto, las personas expertas deben ser informadas desde las etapas iniciales de la contratación acerca de que entre sus responsabilidades figurarán las de un involucramiento y participación activa en las reuniones preparatorias, que requieren de invertir tiempo antes de las visitas.

Después de las visitas, las personas expertas externas también deben ser capaces de contribuir en las reuniones informativas internas y de elaborar el informe de visita. A las personas expertas externas se les puede pedir que redacten algunas de las secciones relevantes del informe, que envíen aportes por escrito basados en sus observaciones durante las visitas y/o que revisen o comenten sobre las diferentes versiones del informe. Cualquiera que sea la modalidad elegida para el proceso de elaboración en sí mismo, las personas expertas deben tener la oportunidad de comentar sobre el borrador del informe de la visita en la cual participaron.

¿Cuáles son las diferentes modalidades de trabajo con las personas expertas externas?

Existen diferentes modalidades con respecto a cómo los MNP seleccionan y trabajan con las y los expertos externos. Independientemente de cómo sea el reclutamiento de ellas y ellos, es importante que el MNP establezca y publique reglas claras para su remuneración. La experiencia demuestra que, para garantizar una participación adecuada de las personas expertas externas, es recomendable remunerarlas por las tareas que realizan (visitas, redacción de informes, participación en reuniones) y, como mínimo, reembolsarles los gastos relacionados con su labor en el MNP (incluyendo los gastos de viaje, alojamiento y comida). A continuación, se presenta una categorización amplia de algunas de las modalidades existentes del trabajo de los MNP con personas expertas externas:

  1. Un grupo de personas expertas, que generalmente son contratadas después de una convocatoria pública, y están disponibles, como parte del grupo, para desempeñar funciones diferentes de los MNP durante un período específico de tiempo.
  2. Personas expertas contratadas ad hoc para acompañar las visitas (fuera de cualquier grupo oficial).
  3. Personas expertas contratadas en virtud de un acuerdo entre el MNP y una asociación u organización (por ejemplo, una asociación de profesionales, ONG, etcétera. ) pero que trabajarán a título personal

En todos los casos y cualquiera que sea la modalidad de contratación, es importante que el MNP garantice una introducción/capacitación adecuada para todas las personas expertas externas, así como su participación adecuada antes y después de las visitas, y su acreditación formal previa ante las autoridades para asegurar el acceso de las y los expertos a los lugares de detención.